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Saludos a todos, gracias por visitar este blog. Aquí encontraremos información sobre la asignatura de matemáticas financieras. Espero que os ayude y si tenéis alguna sugerencia no dudéis en dármela.

lunes, 31 de enero de 2011

Concurso de acreedores,¿qué es eso?

Navegando por páginas deportivas me he encontrado con la siguiente noticia: "aceptada la entrada del Betis en concurso de acreedores". ¿Y esto qué significa?.






La finalidad del concurso de acreedores es la satisfacción de los acreedores, siendo de gran interés para proveedores, trabajadores, instituciones financieras, etc.


Su convocatoria puede ser voluntaria, si la pide el propio deudor o uno de los socios, o necesaria, cuando la solicita un acreedor.
El concurso se podrá instar ante la empresa matriz o ante el resto de empresas del grupo.
  • La ley obliga a solicitar el concurso antes de 2 meses de que la empresa sea insolvente, de acuerdo con los siguientes supuestos: Cuando no disponga de bienes suficientes para atender una ejecución de embargo, ante la existencia de embargos. Ante la existencia de embargos que afecten de manera general a su patrimonio. En situaciones de impagados durante tres meses de las obligaciones tributarias o de las cuotas a la Seguridad Social.
  • El concurso tiene 2 fases: la 1º es la evaluación de la situación real de la empresa y la 2º el convenio de acreedores o la liquidación de la sociedad. Pero el deudor tiene la opción de realizar una propuesta anticipada de convenio de acreedores que permite poner fin al concurso y a sus largos trámites. Para ello ha de ser aceptada por los acreedores y aceptada judicialmente. Sin embargo, el proceso no acaba ahí, para darlo por concluido hay que acreditar su cumplimiento.
  • La resolución por liquidación de la empresa tiene lugar cuando no es posible llegar a un acuerdo con los acreedores, si no se cumple el convenio pactado o si al concursante le interesa liquidar los bienes y pagar a los acreedores.
  • Desaparición de la figura del interventor. Las funciones que realizaba éste serán asumidas por los administradores concursales: un abogado, un auditor o economista y un representante de los acreedores nombrados por el juez.
  • El Ministerio de Justicia ha puesto en marcha 37 juzgados mercantiles en los que trabajarán jueces especializados en derecho de los negocios que se ocuparán de los procesos concursales y de asuntos mercantiles y asumirán competencias de los tribunales de lo Social o Administrativo.
  • A partir de ahora, los gestores de las empresas serán los responsables de todas las decisiones que tomen respecto a la compañía. Se vuelve a instaurar el arresto domiciliario y la posibilidad de embargo de los bienes personales de los administradores actuales y de aquéllos que lo fueran en los dos años anteriores.
  • Si el concurso acaba en liquidación de la empresa el juez puede llegar a condenar a los administradores al pago de todas las deudas o a la parte que no quede cubierta con los bienes del concurso.
  • Y si hay declaración de culpabilidad en el concurso los administradores pueden incluso ser inhabilitados por un período de entre dos y quince años para administrar otras empresas e incluso ser condenados a penas de prisión.
¿Quién solicita el concurso de acreedores?- Legitimación


  • Deudor: El deudor estará facultado para solicitar la declaración de concurso. En caso de que el deudor sea una persona jurídica (o entidades sin personalidad jurídica) cuya forma de organización sea la de la existencia de órganos pluripersonales o colegiados de toma de decisiones (comunidad de bienes, uniones temporales de empresas etc.) quien será competente para solicitar la declaración de concurso será su órgano de administración o de liquidación. Es lo que se viene a denominar en la Ley Concursal como una situación de concurso voluntario.
  • Acreedores: Estará legitimado para solicitar la declaración de concurso el acreedor. Aquellas declaraciones de concurso instadas por el acreedor, se definen en la Ley Concursal como situaciones de concurso necesario.


Órganos que intervienen en el concurso de acreedores:
  • El Juez del Concurso (Juzgados de lo Mercantil)
  • La Administración concursal (Abogados y/o Economistas)
  • Ministerio Fiscal
  • Junta de Acreedores
  • Deudor o concursado




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